Los recursos para cuidadores en California incluyen centros de apoyo financiados por el estado, programas pagados de cuidado en el hogar y permisos con protección laboral para los familiares que realizan esta labor. La mayoría de las familias los descubren tarde. Para entonces, una hija adulta ya ha agotado sus días de vacaciones y un cónyuge ha dejado de asistir discretamente a sus propias citas médicas.
En The Elder Justice Firm, representamos a adultos mayores y a sus familias en todo California en casos de abuso y negligencia, y somos testigos de cuán seguido una falta de apoyo se convierte en una lesión prevenible. Muchos de estos programas son gratuitos o de bajo costo, y no necesita un abogado para utilizarlos. Nuestro equipo también puede explicarle sus opciones legales si el cuidado que recibió su ser querido ya le ha causado un daño.
El apoyo a los familiares cuidadores en California se gestiona a través de dos redes financiadas con fondos públicos. Una se centra en el cuidador y la otra en el adulto mayor y el hogar que lo rodea. Ninguna requiere un abogado, una demanda ni un diagnóstico de abuso.
Once centros sin fines de lucro de recursos para cuidadores cubren cada condado, supervisados a través del Departamento de Servicios de Atención Médica. El estado fue el primero en el país en construir una red de este tipo, y los centros atienden a familias que cuidan a adultos con demencia, accidente cerebrovascular, enfermedad de Parkinson y otras afecciones que transforman la vida diaria.
Según el Departamento de la Tercera Edad, los centros ofrecen un conjunto de servicios básicos a bajo costo o sin costo alguno:
Cada centro adapta sus programas a su región, así que pregunta qué ofrece actualmente tu centro local.
El Departamento de la Tercera Edad también financia Servicios para cuidadores familiares a través de las agencias locales para personas mayores. Estos servicios se centran en lo que más solicitan las familias. La atención de relevo brinda apoyo temporal, ya sea en el hogar o fuera de él, y la capacitación ayuda a los familiares a manejar los cuidados diarios de manera segura.
Las categorías de elegibilidad del departamento abarcan más de lo que la mayoría de la gente espera. Los adultos de 18 años o más que cuidan a alguien de 60 años o más cumplen con los requisitos, al igual que los adultos que cuidan a una persona de cualquier edad con la enfermedad de Alzheimer o una afección neurológica relacionada. Los familiares de 55 años o más que cuidan a una persona con discapacidad, sin importar su edad, también cumplen con los requisitos.

El Programa de Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS, por sus siglas en inglés) cubre los gastos de asistencia a domicilio para que un adulto mayor, ciego o con discapacidad pueda evitar tener que mudarse a un centro de atención. El Departamento de Servicios Sociales lo describe como una alternativa a la atención fuera del hogar y, para muchos hogares, es la diferencia entre envejecer en casa y envejecer en un hogar de ancianos.
La elegibilidad se rige por Medi-Cal, y el departamento establece cuatro requisitos. El solicitante debe ser residente de California, contar con una determinación de elegibilidad para Medi-Cal, vivir en su hogar y no en un hospital o centro autorizado, y presentar un formulario de Certificación de Atención Médica debidamente completado.
Hay un detalle que es más importante de lo que las familias creen. El beneficiario contrata a su propio proveedor, lo que significa que la persona que recibe la atención elige quién entra por la puerta.
Postularse toma unos pocos pasos:
Las horas se evalúan hogar por hogar, por lo que dos familias de la misma calle pueden recibir autorizaciones diferentes.
El cuidado de familiares entra en conflicto con el trabajo, y la ley de California ofrece a los empleados más flexibilidad que la ley federal. En una misma situación pueden aplicarse tres protecciones distintas, y el hecho de utilizar una no invalida las demás.
Los empleados elegibles pueden tomar hasta 12 semanas de licencia para cuidar a un familiar con una condición médica grave bajo la Ley de Derechos Familiares de California. Desde el 1 de enero de 2021, la ley se aplica a los empleadores con cinco o más empleados, lo que incluye a pequeñas empresas a las que la ley federal de licencias nunca abarcó.
Según esa ley, los empleados tienen derecho a este permiso después de haber trabajado para el empleador durante más de 12 meses y al menos 1,250 horas en el año anterior. Los familiares cubiertos incluyen a los padres, suegros, abuelos, nietos, hermanos, cónyuges, parejas de hecho, hijos y cualquier persona designada con la que exista un vínculo de parentesco o una relación de tipo familiar. La licencia no es remunerada, pero el empleo está protegido y el empleador debe mantener las prestaciones de salud.
La licencia sin goce de sueldo no cubre la hipoteca, y ahí es donde Licencia familiar pagada Aquí es donde entra en juego el programa. El programa otorga prestaciones por un máximo de 8 semanas en un período de 12 meses a los empleados que cuidan a un familiar gravemente enfermo.
Las prestaciones cubren aproximadamente entre el 70 y el 90 por ciento del salario, dependiendo de los ingresos, con un un mínimo de $50 y un máximo de $1,765 por semana. Las personas con ingresos más bajos reciben la tasa de reemplazo más alta.
Las ausencias más breves conllevan su propia protección. Desde el 1 de enero de 2024, los empleados ganan al menos 40 horas o cinco días de licencia médica pagada cada año, y ese tiempo cubre el diagnóstico, la atención o el tratamiento de un familiar. La definición de familiar incluye a un padre o madre, cónyuge, pareja de hecho registrada, abuelo o abuela, nieto o nieta, hermano o hermana, hijo o hija, o una persona designada.

Contratar ayuda es donde las familias asumen el mayor riesgo con la menor información. El estado abordó parte de esa brecha mediante el Ley de protección al consumidor de servicios de atención domiciliaria. Desde enero de 2016, esa ley ha exigido que las organizaciones de atención domiciliaria tengan licencia y ha mantenido un registro público de auxiliares de atención domiciliaria con antecedentes verificados.
Ese registro está abierto a cualquier persona. Antes de que un desconocido comience a trabajar en el hogar de un padre, verifique algunas cosas:
La verificación toma unos minutos y documenta lo que sabías y cuándo, lo cual importa si surgen problemas más adelante.
No todas las familias encuentran estos programas a tiempo. Si su padre o madre ya tiene una úlcera por presión, una fractura sin explicación o una caída no documentada, nuestro equipo en The Elder Justice Firm puede revisar los expedientes. Llame (855) 880-4500 hablar de lo que pasó.
Dos líneas telefónicas gratuitas cubren la mayoría de las situaciones urgentes, y la adecuada depende de dónde viva el adulto mayor.
Servicios de Protección para Adultos atiende inquietudes sobre adultos de 60 años en adelante y adultos dependientes de entre 18 y 59 años que viven en la comunidad. La línea directa estatal funciona las 24 horas del día, los siete días de la semana en el 1-833-401-0832, y las personas que llaman ingresan un código postal de cinco dígitos para comunicarse con la oficina del condado correcta. Los 58 condados participan.
Para alguien que vive en un hogar de ancianos o centro de asistencia, el Defensor del Paciente de Cuidado a Largo Plazo es la mejor opción. La LÍNEA DE CRISIS estatal al 1-800-231-4024 recibe quejas sobre los derechos de los residentes, abuso, calidad de atención y traslados o altas inapropiadas. Todos los servicios del Ombudsman son gratuitos y cada queja es confidencial.
Las quejas formales sobre un establecimiento con licencia se dirigen al Departamento de Salud Pública, presentándose en línea a través de Cal Health Find o por teléfono a la oficina de distrito. Las quejas sobre cuidados a largo plazo que aleguen peligro inminente conllevan una plazo de investigación de 90 días; otras quejas de atención a largo plazo conllevan un plazo de 60 días, y la oficina de distrito le notifica los resultados al denunciante por escrito.
Los programas de apoyo previenen una gran cantidad de daño. No lo deshacen.
California aborda el daño a los adultos mayores a través de su propio conjunto de leyes, conocido como la Ley de Protección Civil contra el Abuso de Ancianos y Adultos Dependientes, y mediante la aplicación de la ley estatal. El fiscal general División de Fraude de Medi-Cal y Abuso de Ancianos investiga y procesa el abuso en centros de atención a largo plazo, incluidos los casos relacionados con úlceras por presión, desnutrición y deshidratación.
El tiempo determina qué sigue disponible. Las demandas por lesiones personales y homicidio culposo generalmente deben presentarse dentro de los dos años posteriores a la lesión según la sección 335.1 del Código de Procedimiento Civil. Las demandas que involucran a una instalación administrada por el gobierno tienen plazos diferentes y mucho más tempranos.
Nuestros abogados solicitan el registro completo de la instalación, comparan el plan de atención escrito con lo que el personal realmente registró e identifican qué partes pueden tener responsabilidad. Evaluamos si existe un reclamo antes de que una familia se comprometa a algo.
Familias de todo el estado nos hacen estas preguntas sobre el apoyo a los cuidadores y las reglas detrás de este.
El beneficiario contrata a su propio proveedor individual después de que un trabajador social del condado autoriza las horas mensuales. Esa elección le pertenece a la persona que recibe la atención, no al condado.
Los servicios principales en los 11 centros se ofrecen a bajo costo o sin costo alguno, e incluyen asesoramiento, planificación de cuidados y asistencia de relevo. Pregunte a su centro regional qué ofrece actualmente.
Los empleados elegibles pueden tomar hasta 12 semanas bajo la Ley de Derechos Familiares de California (California Family Rights Act) si su empleador tiene cinco o más empleados. Dicha licencia no es pagada, aunque los beneficios de salud continúan.
Sí. Los empleados de California ganan al menos 40 horas o cinco días de licencia por enfermedad remunerada al año, y ese tiempo cubre la atención y el tratamiento de un cónyuge.
Consulte el Registro público de Asistentes de Cuidado Domiciliario del estado antes de contratar. Los asistentes que figuran allí han superado la verificación de antecedentes requerida para los asistentes de cuidado domiciliario registrados.
Llame a los Servicios de Protección para Adultos al 1-833-401-0832 si alguien vive en su casa, o a la línea de crisis del Defensor del Pueblo para el Cuidado a Largo Plazo (Long-Term Care Ombudsman CRISISline) al 1-800-231-4024 si vive en un centro.
Si has pasado los últimos seis meses aprendiendo sobre formularios de condados, música de espera e instrucciones de alta hospitalaria, ya sabes cuánto de este sistema depende del trabajo familiar.
Nuestros abogados representan a personas mayores y a sus familias en todo el estado de California en casos de abuso y negligencia contra personas mayores, así como en casos de muerte por negligencia. Nuestra práctica se limita exclusivamente a este ámbito, y ha logrado obtener más de $200 millones en indemnizaciones, incluyendo un veredicto de $33.1 millones.
Abordamos estos casos de la misma manera siempre. Nuestro equipo recopila los registros médicos y de las instalaciones, compara lo que prometía el plan de atención con lo que el personal documentó, y explica lo que respaldan las evidencia antes de que nadie decida cómo proceder. Usted obtiene una respuesta directa sobre si existe una demanda.
Nuestra firma ofrece una evaluación de casos gratuita desde nuestra oficina de Los Ángeles a familias en todo el estado. Llame (855) 880-4500 o contáctenos a través de nuestro página de contacto para hablar sobre los recursos para cuidadores en California y las opciones legales disponibles para su familia.
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