Puntos clave
Cuando un residente sufre una caída en un hogar de ancianos, obtenga una evaluación médica independiente y solicite el informe de incidente por escrito. El personal a menudo describe la caída como no presenciada, y los detalles que las familias reciben en esa primera llamada telefónica son escasos. Los hematomas que parecen menores junto a la cama pueden ocultar una fractura de cadera, un hematoma subdural o una hemorragia interna que aparece horas después.
The Elder Justice Firm representa a familias en casos de negligencia en hogares de ancianos, y comenzamos con la pregunta que hacen los reguladores estatales. ¿Siguió el centro el propio plan de atención del residente el día de la caída? Los registros son más fáciles de obtener en los primeros días, por lo que puede pedirle a nuestro equipo que revise el informe del incidente y las notas de enfermería mientras el relato de ese turno aún está fresco.
Las horas inmediatamente posteriores a una caída determinan qué evidencia seguirá existiendo más adelante. El personal del establecimiento documenta su versión con rapidez, y las familias que esperan a menudo pierden la oportunidad de registrar la suya. Nuestros abogados de The Elder Justice Firm piden a las familias que realicen las siguientes acciones en orden:
Cada acción preserva algo que la instalación controla actualmente, por lo que el momento oportuno es importante.
Las leyes estatales y federales no tratan una caída como un asunto privado entre el residente y el personal. Las instalaciones deben mantener el entorno de cada residente lo más libre posible de riesgos de accidentes y proporcionar una supervisión adecuada y dispositivos de asistencia para prevenir accidentes bajo Título 42 del Código de Regulaciones Federales, sección 483.25(d). Las normas estatales añaden funciones de presentación de informes y planificación de cuidados además de esa base de referencia.
Una caída grave cuenta como un acontecimiento inusual, que es una categoría de evento que una instalación no puede manejar discretamente. Bajo Título 22 del Código de Regulaciones de California § 72541, las instalaciones de enfermería especializada deben informar los accidentes mayores al oficial de salud local y al Departamento de Salud Pública de California (CDPH) dentro de las 24 horas. El informe telefónico inicial debe confirmarse por escrito, y la instalación debe mantener su informe de incidentes en archivo durante un año.
El personal de las instalaciones tiene un deber independiente. Todos los trabajadores de un centro de atención médica a largo plazo son denunciantes obligatorios de sospecha de abuso y negligencia de personas mayores, lo que significa que deben denunciarlo en lugar de manejarlo internamente, bajo Código de Bienestar e Instituciones, artículo 15630.
Una caída es información de riesgo, y el registro debe mostrar que el centro la utilizó. Bajo Título 22 § 72311, los centros de enfermería especializada evalúan a cada residente al momento de su ingreso y elaboran un plan de atención individualizado por escrito que especifica los cuidados que se deben brindar y los objetivos que se deben cumplir. Dicho plan debe ser revisado y actualizado al menos cada trimestre, y antes si la condición del residente cambia.
Una caída es un cambio en la condición. Nuestros abogados buscan la reevaluación que debería seguirle, porque un plan que dice lo mismo antes y después de la caída sugiere que el centro trató una advertencia como algo rutinario.


A las familias generalmente se les dice que una caída era inevitable. Existen varias reglas porque la mayoría de las caídas en los centros de enfermería especializada son previsibles, y cada una le plantea una pregunta diferente que debe hacer.
Las protecciones que más importan después de una caída incluyen las siguientes:
Leídas en conjunto, esas reglas convierten una disculpa vaga en una lista de verificación con la que se puede evaluar a las instalaciones.
No todas las caídas son negligencia. La diferencia suele verse en lo que el centro sabía sobre el residente de antemano y qué hizo con ese conocimiento.
La ley estatal establece un estándar claro. El descuido significa la falta negligente de alguien con el cuidado o la custodia de un adulto mayor de ejercer el grado de cuidado que una persona razonable usaría en la misma posición. La definición abarca la falta de protección contra peligros para la salud y la seguridad y se aplica a cualquier persona de 65 años o más, según el Departamento de Justicia de California.
Considere a una residente evaluada como de alto riesgo de caídas cuyo plan de atención requiere dos miembros del personal para cada traslado. Cuando un auxiliar la traslada solo y ella se cae, la deficiencia radica en la atención brindada y no en su equilibrio.
Una caída presenciada no es automáticamente sospechosa, aunque elimina la mejor evidencia del establecimiento. Algunos patrones tienden a aparecer en los registros cuando la supervisión falló:
Cualquiera de esas cosas puede tener una explicación inocente. Varias juntas por lo general no.
Las familias no necesitan un abogado para reportar una caída, y reportar temprano no cuesta nada. Dos canales operan independientemente de la instalación.
El Departamento de Salud Pública de California acepta quejas sobre centros de enfermería especializada en línea a través de Cal Health Find, y por teléfono, fax o correo postal. Su queja se dirige a la oficina de distrito con autoridad de supervisión sobre ese centro. Las quejas que alegan una amenaza de peligro inminente, muerte o daño corporal grave deben resolverse en un plazo de 90 días, y otras quejas de atención a largo plazo en un plazo de 60 días, según Guía para presentar quejas ante el CDPH.
El programa del Defensor del Pueblo para el Cuidado a Largo Plazo ofrece una segunda vía. Este programa estatal aboga por los residentes, y su línea CRISIS estatal al 1-800-231-4024 recibe llamadas las 24 horas del día. Los representantes locales investigan las querellas sin costo alguno y siguen los deseos expresados por el residente, según el Departamento de Envejecimiento de California.
Si una caída en un establecimiento del área de Sacramento le ha dejado a su familia más preguntas que respuestas, llame a The Elder Justice Firm al (855) 880-4500. Nuestro equipo puede solicitar los registros, revisarlos en comparación con el plan de atención y explicarle las opciones disponibles.
Los plazos aquí no son uniformes, y el que se aplica depende de cómo se plantee la demanda. Este plazo, conocido como ley de prescripción, extingue el derecho a presentarla.
La mayoría de las demandas por lesiones en California deben presentarse dentro de los dos años posteriores a la fecha de la lesión, según el Guía de autoayuda de los tribunales de California. Las demandas por homicidio culposo siguen el mismo período de dos años. Dos años pasan rápido cuando una familia está gestionando traslados hospitalarios, rehabilitación y una instalación que responde lentamente.
Cuando una demanda se formula como negligencia profesional por parte de un proveedor de atención médica, el plazo se reduce considerablemente. El plazo límite pasa a ser de un año a partir de la fecha en que la persona lesionada supo o debería haber sabido de la lesión, o tres años a partir de la fecha de la lesión, lo que ocurra primero. La ley estatal también exige una notificación por escrito al proveedor con al menos 90 días de anticipación, según Orientación de los Tribunales de California sobre demandas contra un proveedor de atención médica.
Debido a que una sola caída puede respaldar más de una teoría, nuestros abogados evalúan qué plazos aplican antes que cualquier otra cosa.
Las familias plantean las mismas preguntas en los días posteriores a una caída en un hogar de ancianos.
Sí. Construimos estos asuntos a partir de registros en lugar de testigos presenciales, incluidos el plan de atención, las hojas de personal y las notas escritas en las horas posteriores.
Las instalaciones deben informar los accidentes mayores a los reguladores estatales en un plazo de 24 horas, y los residentes tienen derecho a estar plenamente informados sobre su estado de salud. Verificamos ambos aspectos con el registro.
Las caídas repetidas importan porque cada una de ellas advierte formalmente a la instalación. Nuestros abogados analizan si el plan de atención cambió después de la primera caída y si la cantidad de personal respaldaba ese cambio.
No automáticamente. Revisamos minuciosamente las cláusulas de arbitraje y los documentos de admisión, porque quién firmó el documento y en qué carácter puede cambiar el análisis.
Los plazos van de uno a dos años, según cómo se plantee la demanda. Evaluamos qué periodo aplica antes de que los registros sean más difíciles de obtener.
Comuníquese con el Departamento de Salud Pública de California y la línea CRISISline del Defensor del Pueblo para el Cuidado a Largo Plazo. Ambos aceptan quejas de las familias y operan independientemente del centro.



Si el único relato de la caída de tu madre es una anotación en la gráfica que señala que la encontraron en el piso, el registro aún puede decirte más.
Nuestra práctica se centra en asuntos de abuso y negligencia de personas mayores, incluidas las caídas y fracturas en centros de enfermería especializada. Nuestros abogados solicitan el informe de incidentes, el plan de atención, las notas de enfermería y las asignaciones de personal para ese turno. Leemos esos documentos juntos y explicamos lo que muestran.
Las familias se comunican con nosotros en diferentes etapas, y no hay un momento incorrecto para hacer una pregunta. Ofrecemos una evaluación de caso gratuita y le diremos honestamente si los expedientes respaldan un reclamo.
Llámenos al (855) 880-4500 o comunicarse con nuestro equipo a través de página de contacto para hablar sobre una caída en un hogar de ancianos.
Rob Marcereau founded The Elder Justice Firm on a single conviction: Seniors deserve a lawyer who prepares every case for trial.
He is an award-winning trial attorney, licensed in California since 2000, who has built his practice around institutions that harm the people in their care. Nursing homes, assisted living facilities, and their insurers arrive with defense counsel already retained and a strategy already in motion. Families arrive with grief, a stack of medical records they cannot read, and a facility that has stopped returning calls.
Closing that gap is the reason this firm exists. To speak with a California elder abuse attorney about what happened to someone you love, call The Elder Justice Firm at 855-880-4500.
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