Si su ser querido sufrió negligencia en un hogar de ancianos de Los Ángeles, usted tiene el derecho de hacer que la instalación rinda cuentas. La negligencia en un centro de enfermería especializada rara vez es un accidente. Es el resultado predecible de las decisiones de un centro sobre personal, capacitación y supervisión.
En The Elder Justice Firm, nuestros abogados especializados en negligencia en asilos de ancianos en Los Ángeles representan a residentes y familias en todo el condado de Los Ángeles. Investigamos cómo ocurrió el daño, demostramos lo que el establecimiento no hizo y manejamos cada caso bajo una modalidad de honorarios de contingencia, sin cobrar honorarios a menos que recuperemos una compensación para usted. Llame (855) 880-4500 hoy para una evaluación de caso gratuita y confidencial.
La ley de California trata la negligencia en los asilos de ancianos como un agravio legal distinto, separado del abuso intencional. Bajo Código de Bienestar e Instituciones, Sección 15610.57, la negligencia es la omisión culposa por parte de un cuidador de brindar el cuidado que una persona razonable proporcionaría. Eso incluye la omisión de ayudar con la higiene, de proveer alimentos, agua y atención médica, y de proteger a un residente de riesgos para la salud y la seguridad.
La definición más amplia de abuso bajo Código de Bienestar Social e Instituciones, sección 15610.07 abarca el abuso físico, la negligencia, la explotación financiera y el aislamiento. La negligencia es la forma más común de daño en los centros de enfermería especializada y, por lo general, se manifiesta como inacción en lugar de un único acto violento.
Un residente desarrolla una úlcera por presión porque nadie lo reubicó. Otro se cae porque nadie respondió al timbre de llamada. Una tercera se deshidrata porque nadie hizo un seguimiento de su ingesta de líquidos.
Cuando un centro admite a un residente, acepta la obligación legal de proveer a las necesidades básicas de dicho residente. California exige al centro el cumplimiento de dicha obligación y no excusa un incumplimiento debido a la falta de personal. Nuestro equipo construye casos en torno a dicha obligación y a las formas específicas en que el centro no la cumplió.
La negligencia en los hogares de ancianos adopta varias formas, y la mayoría de nuestros casos en Los Ángeles involucran una o más de las siguientes fallas en el cuidado básico.
Las úlceras por presión se desarrollan cuando una presión sostenida corta el flujo sanguíneo a la piel, por lo general debido a que el personal no reubicó a un residente inmóvil. Las úlceras por decúbito avanzadas exponen el músculo y el hueso, propician infecciones y casi siempre se pueden prevenir. Consideramos una úlcera por presión en etapa avanzada como una señal de advertencia de negligencia.
Las caídas ocurren cuando un centro ignora el riesgo de caída conocido de un residente. La falta de alarmas en las camas, las llamadas de asistencia sin responder, los pisos mojados y la supervisión insuficiente contribuyen a esto. Para un adulto mayor, una fractura de cadera o una lesión en la cabeza a causa de una caída prevenible puede desencadenar un declive rápido e irreversible.
Los residentes que no pueden alimentarse por sí mismos dependen del personal para cada comida y cada vaso de agua. Cuando un establecimiento carece de personal suficiente, la alimentación y la hidratación se encuentran entre las primeras tareas en descuidarse. La pérdida de peso inexplicable, los rasgos hundidos y las infecciones urinarias recurrentes suelen indicar desnutrición o deshidratación.
El descuido en la medicación incluye dosis omitidas, dosis incorrectas y combinaciones peligrosas de medicamentos. También incluye la contención química, la práctica de sedar a los residentes con medicamentos antipsicóticos por conveniencia del personal en lugar de por una necesidad médica genuina. California trata la contención química indebida como abuso físico bajo Código de Bienestar e Instituciones, Sección 15610.63.
Las úlceras por presión no tratadas, los catéteres sucios y la mala higiene permiten que las infecciones se arraiguen y se propaguen. Cuando el personal no reconoce y trata una infección a tiempo, esta puede evolucionar a sepsis, una emergencia potencialmente mortal. La sepsis prevenible es uno de los resultados más graves de la negligencia en los hogares de ancianos.
Los residentes con demencia pueden deambular fuera de un establecimiento que no los supervise o no asegure sus salidas. El abandono de las instalaciones expone a los residentes vulnerables al tráfico, las inclemencias del tiempo y las caídas, a veces con resultados fatales. Un establecimiento que admite a residentes de cuidado de la memoria debe planificar para su seguridad.
Detrás de casi todos los casos de negligencia hay un establecimiento que no puso suficiente personal disponible. California establece un estándar mínimo para la atención directa, y muchos establecimientos no lo cumplen mientras admiten a más residentes de los que pueden atender de manera segura.
Bajo Sección 1276.65 del Código de Salud y Seguridad, los centros de enfermería especializada deben proporcionar al menos 3.5 horas de servicio de atención directa por paciente al día, incluidas 2.4 horas de auxiliares de enfermería certificados. Cuando un centro cuenta con personal por debajo de ese nivel, los residentes esperan más tiempo para el cambio de postura, ir al baño y la alimentación. Esas demoras son el origen de las úlceras por presión, las caídas y la deshidratación.
La magnitud del problema está documentada. Según Oficina del Inspector General del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), 22% de los beneficiarios de Medicare sufrieron eventos adversos durante sus estancias en centros de enfermería especializada, y 59% de esos eventos eran claramente o probablemente evitables. Los evaluadores atribuyeron la mayor parte de los daños evitables a un tratamiento deficiente, un monitoreo inadecuado y retrasos en la atención.
Solicitamos los registros de personal de un centro y los comparamos con el mínimo legal. Los datos de personal basados en la nómina a menudo revelan un patrón de falta de personal que coincide con las fechas en que nuestro cliente sufrió daños.
Nuestra investigación es sistemática y comienza en el momento en que una familia nos llama. Actuamos con rapidez porque los registros pueden desaparecer y las condiciones pueden cambiar. Nuestro proceso generalmente incluye los siguientes pasos:
Para el momento en que presentemos la demanda, podremos demostrar no solo que su ser querido sufrió daños, sino exactamente cómo las decisiones del centro causaron ese daño.
California otorga a las familias herramientas poderosas para responsabilizar a las instalaciones negligentes. La Ley de Protección Civil para el Abuso de Ancianos y Adultos Dependientes, que comienza en Código de Bienestar e Instituciones, Sección 15600, proporciona recursos que van más allá de los disponibles en una demanda por negligencia ordinaria.
Cuando la negligencia llega al nivel de imprudencia, Código de Bienestar e Instituciones, Sección 15657 hace que la instalación sea responsable de los honorarios razonables de abogados y las costas del residente. También elimina la prohibición habitual de recuperar el dolor y sufrimiento anteriores a la muerte de un residente fallecido mediante una acción de supervivencia. La conducta que sea imprudente, opresiva o maliciosa también puede respaldar una concesión de daños punitivos.
El momento importa. Bajo Código de Procedimiento Civil, Sección 335.1, la mayoría de las demandas por negligencia y lesiones personales tienen un plazo de prescripción de 2 años, aunque el plazo puede correr a partir de la fecha en que se descubrió el daño.
Cuando la negligencia causa la muerte, la familia adquiere reclamaciones adicionales. Los familiares sobrevivientes pueden presentar una demanda por homicidio culposo en virtud de Código de Procedimiento Civil, Sección 377.60. La sucesión también puede entablar una acción por supervivencia en virtud de Código de Procedimiento Civil Sección 377.30 por lo que el residente soportó antes de morir.
Como muchos residentes ya son frágiles, estos plazos pueden llegar antes de lo que las familias esperan. Le recomendamos que hable con nuestro equipo lo antes posible.
Si sospecha de negligencia, unos cuantos pasos iniciales pueden proteger tanto a su ser querido como a cualquier reclamo futuro.
Centramos nuestra práctica en una sola cosa: hacer que los centros de atención respondan por el daño que causan a las personas mayores y adultos dependientes. Ese enfoque determina cómo estructuramos cada caso de negligencia en un asilo de ancianos, desde la primera solicitud de expedientes hasta el juicio.
Nuestros resultados reflejan ese compromiso. La firma ha recuperado más de $200 millones en sentencias y acuerdos extrajudiciales para clientes lesionados y familias en duelo, incluyendo un veredicto de $5.7 millones que apareció en el programa Good Morning America. Estos resultados se deben a que nos dedicamos principalmente a manejar casos complejos contra grandes instituciones, y no es solo una actividad secundaria.
Atendemos a familias en todo Los Ángeles, el condado de Orange y San Diego, y aplicamos el mismo estándar a cada caso. No hay ningún costo por hablar con nosotros y no hay honorarios a menos que recuperemos una compensación para usted. Cuando contrata a nuestro equipo, obtiene abogados que entienden los registros de los hogares de ancianos, los datos de personal y la evidencia médica que permite ganar estos casos.
La negligencia es la falta de brindar atención adecuada, como omitir los cambios de posición, las comidas o la atención médica. El abuso es el daño intencional, como golpear, sobremedicar o explotar financieramente a un residente. La Ley de Abuso de Ancianos de California cubre ambos, y un solo caso puede involucrar negligencia y abuso al mismo tiempo.
La mayoría de las demandas por negligencia y lesiones personales deben presentarse dentro de un plazo de 2 años según el estatuto de limitaciones de California. Algunos plazos corren a partir de la fecha en que se descubrió el daño en lugar de la fecha en que ocurrió. Debido a que el plazo exacto depende de los hechos, es mejor que un abogado revise su situación con anticipación.
Su familia aún puede buscar justicia. Los familiares sobrevivientes pueden presentar una demanda por homicidio culposo, y el patrimonio puede presentar una acción de supervivencia por lo que el residente sufrió antes de su fallecimiento. Cuando la negligencia fue imprudente, la ley de California permite la recuperación del dolor y sufrimiento del residente antes de su muerte, lo cual no está disponible en casos ordinarios.
Nada por adelantado. Manejamos casos de negligencia en hogares de ancianos bajo una tarifa de contingencia, lo que significa que se nos paga solo si recuperamos dinero para usted. Su primera evaluación de caso es gratuita y confidencial.
A menudo, sí. Los paquetes de admisión a los hogares de ancianos frecuentemente incluyen acuerdos de arbitraje, pero estos acuerdos no siempre son ejecutorios, y firmar uno por lo general no es obligatorio para la admisión. Revisamos los documentos que firmó su familia y objetamos las cláusulas de arbitraje cuando la ley lo permite.
Si su ser querido sufrió daños en un hogar de ancianos de Los Ángeles, nuestro equipo está listo para ayudarle a encontrar respuestas y hacer que la instalación rinda cuentas. The Elder Justice Firm maneja cada caso de negligencia en hogares de ancianos bajo una base de honorarios de contingencia, sin cobrar honorarios a menos que recuperemos una compensación para usted. Llame hoy a nuestros abogados de negligencia en hogares de ancianos de Los Ángeles al (855) 880-4500, o contáctanos para una evaluación de caso gratuita y confidencial.
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